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BASES PARA LA CONCESIÓN DE LOS PREMIOS
"SERVICIO A LA COMUNIDAD"

PROLOGO.

El Rotary Club de Valencia Centro, acordó crear, en 1986, el título "PREMIO SERVICIO A LA COMUNIDAD", como testimonio de gratitud y homenaje a todas aquellas actividades que se hubieran realizado y destacado en beneficio, ayuda, servicio, entrega, esfuerzo y trabajo, hayan contribuido a hacer de España un país más habitable, más próspero y más culto.

Desde entonces se han venido concediendo estos "PREMIOS SERVICIO A LA COMUNIDAD", a:

A la Entidad Benéfica premiada se le entregará el beneficio de la fiesta que se celebrará con motivo de la entrega de los Premios.

Este galardón queda vinculado al ROTARY CLUB DE VALENCIA CENTRO, que lo concederá anualmente en fecha que fije y en la ciudad de Valencia.

BASES (A aplicar a partir de 1997-98)

    ARTICULO I - (Gestión)

Sección 1 - EL ROTARY CLUB DE VALENCIA CENTRO, creará un Gabinete de Promoción y Acción cuyas tareas fundamentales serán:

a) Velar por el desarrollo del premio y su convocatoria anual.

b) Gestionar la colaboración de Entidades, Corporaciones, Organismos, etc., de índole Económico, Cultural, Social y Benéfico.

c) Procurar medios financieros para la gestión y desarrollo de la concesión y entrega del galardón.

d) Seleccionar cada año las actividades por las cuales se concederán los premios, que podrán ser las enumeradas en el prólogo u otras, así, como excepcionalmente a alguna personalidad de reconocido prestigio.

e) Estudiar las propuestas presentadas de candidatos al premio y seleccionar tres nominados por cada una de las actividades que se establezcan en atención a los méritos que concurran entre los candidatos.

f) Los Premios podrán declararse desiertos

g) El título "PREMIO SERVICIO A LA COMUNIDAD", se materializa en un galardón, en el que figurará el nombre del premiado.

Sección 2 - El Gabinete de Promoción y Acción al que se refiere el articulo anterior estará formada por ocho miembros, socios del club en activo, que serán:

NATOS

a) El Presidente, que tendrá voto de calidad.

b) El Vicepresidente

c) El Secretario

d) El Tesorero, que serán los del Club ese año Rotario y que ejercerán las mismas funciones en este gabinete de promoción.

e) El presidente Electo para el siguiente año Rotario como vocal.

f) Los tres presidentes inmediatamente anteriores (Past-Presidents), con la categoría de vocales.

g) Un Past-President, elegido por el Presidente actual, entre los tres Expresidentes mas antiguos.

ELECTOS

*-También como vocales, los que designe libremente el Presidente entre los miembros del Club.

*- En caso de imposibilidad o de renuncia de cualquier miembro, serán sustituidos por otros miembros del Club, por el Presidente.

    ARTICULO II - (Propuestas y jurado)

Sección 1 - El ROTARY CLUB DE VALENCIA CENTRO, publicará cada año la convocatoria del Premio y gestionará las propuestas formuladas por miembros del club de Entidades, Corporaciones, Organismos, Clubes Rotarios que, por su destacada actividad, entrega, esfuerzo y trabajo, a su juicio se hayan hecho acreedores al "PREMIO SERVICIO A LA COMUNIDAD".

El plazo de admisión de propuestas, finalizará siempre sesenta días antes de la fecha de concesión de los premios.

Sección 2- Para ser elegido "PREMIO SERVICIO A LA COMUNIDAD", las propuestas tendrán que reunir las siguientes condiciones:

a) Existir en el momento de la elección.

b) Poseer evidentes méritos para ello a juicio del Jurado Calificador.

c) Las propuestas de candidatos deberán remitirse al domicilio de Rotary Club de Valencia Centro, debidamente documentadas, acreditando las condiciones establecidas anteriormente.

Sección 3 - El Jurado Calificador de los premios estará compuesto por:

  Todos los integrantes del Gabinete de Promoción y Acción, ocupando los mismos cargos y además cinco, o mas, miembros representantes de Entidades, Corporaciones o Organismos de Índole Económico, Profesional, Cultural, Social, Deportivo o personas de reconocida categoría social.

El Secretario se encargará de levantar actas de las reuniones y todos los miembros del Jurado Calificador tendrán voz y voto, siendo de calidad el del Presidente.

Sección 4 - El Jurado Calificador será convocado por el presidente con una antelación mínima de ocho días naturales, con expresión de fecha, lugar y hora y, quedará válidamente constituido, en primera convocatoria, con la presencia de dos tercios de sus miembros, y en segunda, que tendrá lugar treinta minutos después de la primera, siempre que los asistentes sean mayoría simple.

    ARTICULO III - (Elección y entrega)

Sección 1 - Los componentes del Gabinete de Promoción y Acción elevarán al Jurado Calificador las propuestas de tres candidatos nominados por actividad que va a ser sometida a votación, junto con la documentación aportada por los proponentes.

a) Reunido el Jurado Calificador deberá acordar, como primer punto de la reunión la forma de elección decidiendo la metodología por la que se desarrollarán las votaciones.

b) El Jurado Calificador, en las reuniones que estime pertinentes, llevará a cabo las votaciones necesarias para elegir un nombre, entre los nominados, en cada una de las actividades propuestas, que será el ganador del premio de ese año.

c) De las deliberaciones habidas en las reuniones y del fallo del Jurado Calificador se guardará secreto.

Sección 2 - En el momento en que estime el Presidente de Rotary Club de Valencia Centro, pero siempre antes de transcurridos treinta días desde su elección, se hará público el resultado y se proclamarán los nombres de los nominados a los "PREMIOS SERVICIO A LA COMUNIDAD".

a) No podrán ser proclamados los nominados que no puedan asistir a la entrega de los Premios.

Sección 3 - Rotary Club de Valencia Centro entregará, por medio de su presidente, en solemne acto, que oportunamente será anunciado, los "PREMIOS SERVICIO A LA COMUNIDAD" así como su acreditación.

  

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